Registro Nacional De La Propiedad Del Automotor

(011) 4011-7410Corrientes 5666 Capital FederalArgentina
Delegación de Gestión Administrativa: Fernando Rizzi
Dirección Técnico Registral: Mirta Mazzitelli de Stecura
Dirección de Fiscalización y Control: Marcelo Dellarosa
Dirección de Registros Seccionales: Adriana Cristina Gronchi
Coordinador General: Hector Laurido
Director (Subdirector a cargo): Miguel Angel Gallardo
Agregado por un Editor independiente el día 31/07/2011
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Enviado por 20962724
Modificaciones en la carroceria de un Automotor Primero gráfico con algunos ejemplos para que entiendan de que estamos hablando: * Un vehículo con Furgón al que se le pone ventanas * Furgón con ventanas agrega asientos * Un sedán 4 Ptas. modifica la carrocería en pick-up * Una pick-up modifica su carrocería en una rural. Para estos y otros casos similares hay que hacer algún tramite? : La respuesta es SI Hay que peticionar en el Registro Seccional de la Propiedad Automotor donde esta radicado su auto un: Cambio de Tipo Carrocería lo que implicara un Cambio de Tipo de Automotor En que casos se puede peticionar el Cambio de Carrocería? Se podrá peticionar el cambio de Tipo de carrocería a automotores con casco autoportante a los cuales se les hayan efectuado modificaciones en las características de la carrocería sin remplazarla por otra (como los ejemplos) siempre y cuando mantengan las mismas codificaciones de identificación (números de motor y chasis) Como se peticiona este tramite ante el registro? Para solicitar el cambio de tipo de carrocería se deberá presentar: a. Solicitud Tipo ?04? b. Título del Automotor c. Cédula de Identificación (al retirarse el trámite terminado) d. Verificación (Sol. 12) e) Fotografía del automotor con la carrocería modificada, visada por la autoridad que realice la verificación física. ((Preferentemente tres de frente, de costado y de atrás, que se vea claramente la modificación y al menos en una la chapa patente del vehículo) Nota: En todos los casos en que se peticiona un cambios de tipo de carrocería se tendrá que efectuar siempre el cambio de tipo del automotor. Quienes pueden peticionar el tramite cambio de tipo de carrocería y tipo del automotor? a) El titular del dominio. En caso de condominio, en forma conjunta por todos los condóminos. b) El adquirente de un automotor, presentando en forma conjunta la Solicitud Tipo ?08?, totalmente completada y en condiciones de inscribir la titularidad a su nombre. En que casos puede ser rechazado, aun presentando todo lo ya enunciado, una petición de cambios de tipo de carrocería y automotor? a) En el caso de existir prenda sobre el automotor, sin que previamente el acreedor prendario manifieste su conformidad con el trámite en la Solicitud Tipo ?04? firmada y certificada o telegrama o carta documento en que el acreedor prendario exprese su conformidad. b) En el caso de registrar el automotor alguna medida judicial sin que previamente la autoridad que dictó la medida preste la conformidad. c) En los casos en que la capacidad de disposición del titular del automotor se encontrare afectada por una medida judicial (ej. inhibición, declaración de demencia, inhabilitación, etc.) sin una orden o testimonio que autorice la baja o cambio de carrocería o que otorgue facultades suficientes al curador, en su caso. Muy Importante Con fecha 04-10-2012 la Dirección Nacional de los Registros Nacionales de la Propiedad Automotor (conocida como el Registro Central) mediante Circular D.A.N.J. Nro. 4, ratifico sus dictámenes mediante los cuales el área de interpretación y aplicación normativa dictamino claramente en casos elevados por los Registro Seccionales ante ciertas peticiones de cambios de carrocería cuyas alteraciones, modificaciones o agregados fuera de Fabrica (LCM) podrían presumir un cambio en las cualidades técnicas y de seguridad activas-pasiva para poder circular, ante ello la DNRNPA dictamino que se requerirá obligatoriamente como complemento a la documentación ya enunciada algunos de los siguientes requisitos: a. Informe Técnico suscripto por un Ingeniero mecánico (-legalizado-) b. Verificación Técnica del Automotor Por otra parte y según el tipo de modificación introducida a la carrocería el registro seccional podrá pedir en forma adiciona facturas emitidas conforme a normas impositivas vigentes, que permitan justificar el origen de la/pieza/s introducidas para la petición del cambio de tipo de carrocería y automotor Finalmente, de no existir convenio, se deberá comunicar la modificación del tipo a la Dirección de Rentas de su radicación, ya que puede influir en el costo/valuación del impuesto patente, o por otra parte podría ser luego (de no comunicarse) motivo de rechazo ante un pedido de Baja por siniestro o Robo para el cobro de un seguro. Al respecto del seguro, al mismo también se le deberá comunicar la modificación, ya que probablemente requiera de una nueva inspección y/o emisión de nueva póliza.
el día 27/06/2019 Responder a este comentario

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